Preguntas frecuentes

¿Dónde se encuentra la información general de la reestructura académico docente de FADU?


La reestructura académico docente se efectiviza en el Reglamento de Organización y Ejercicio de las Funciones Docentes en la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo. La información sobre las resoluciones tomadas, así como documentos de referencia o preguntas frecuentes se puede encontrar en http://www.fadu.edu.uy/estructura-docente/

¿Donde se ubican y dependen los cargos docentes?


De acuerdo al Art. 6 … “Los cargos docentes se agruparán en los Institutos o Centros, pudiéndose especificar los perfiles que correspondan.” …. Los cargos docentes pertenecen a las Unidades Académicas (Institutos o Centros) y dentro de ellas son asignados a Departamentos. Dicha asignación no es necesariamente permanente pudiendo variarse entre los mismos.

¿Qué se entiende por Unidad Académica en FADU?


El Estatuto del Personal Docente en su Artículo 12… “entiende por Unidad Académica una entidad estructural dependiente de un Servicio o de las estructuras centrales de la Universidad, organizada en torno a una o varias disciplinas afines o de carácter multidisciplinario en torno a un tema, que agrupa un conjunto estable de funcionarios en que predominan los docentes y es suficiente para cumplir las funciones universitarias sustantivas establecidas en este Estatuto.”
En la FADU se definieron como Unidades Académicas a los Institutos y Centros (art.4 Reglamento de Organización y Ejercicio de las Funciones Docentes).

¿Puede una unidad académica realizar una sola función (enseñanza, investigación o extensión)?


Las Unidades Académicas de acuerdo al EPD en su Ar culo 12… “en ende por Unidad Académica una en dad estructural dependiente de un Servicio o de las estructuras centrales de la Universidad, organizada en torno a una o varias disciplinas afines o de carácter multidisciplinario en torno a un tema, que agrupa un conjunto estable de funcionarios en que predominan los docentes y es suficiente para cumplir las funciones universitarias sustantivas establecidas en este Estatuto.” Las Unidades académicas deben realizar todas las funciones universitarias.

¿La dirección de un instituto, centro o departamento debe ser ejercida por un grado 5?


Art. 24…. “La Dirección de los Institutos será ejercida por un docente grado 3, 4 o 5 perteneciente al mismo. Su designación será por un período de dos años, podrá ser reelecto por hasta dos períodos consecutivos de dos años cada período. Para una nueva designación será necesario que haya transcurrido un lapso de dos años desde la fecha de su cese.”
Art. 31 – “El Departamento tendrá un Director de Departamento que será designado por el Consejo a propuesta de la Comisión de Instituto.
La Dirección de los Departamentos será ejercida por un docente grado 3, 4 o 5 asignado al Departamento.”
Art. 42 –……”La Coordinación de Centro será ejercida por un docente grado 3, 4 o 5 asignado al Centro y será designado por el Consejo de acuerdo a las características de cada Centro.”

¿Se puede tener más de un cargo en una Unidad Académica (Instituto o Centro)?


No. Los Institutos y Centros son Unidades Académicas y los cargos se radican en ellas.

¿Se puede tener más de un cargo en FADU?


Si. Se puede tener más de un cargo siendo de diferentes Unidades Académicas.

¿Los cargos se llaman por curso o taller?


No. Los cargos dependen de las Unidades Académicas, por lo que se llaman para éstas, a partir de un perfil de cargo definido por dicha unidad y aprobado por el Consejo. El desempeño en un curso o taller específico es asignado por el Departamento e Instituto respectivo.

¿Siguen existiendo las cátedras?


No existen las cátedras. De acuerdo al nuevo Reglamento los cargos docentes pertenecen a las unidades académicas, las que los asignan a un Departamento y los mismos estructuran equipos para atender las distintas actividades académicas. En particular el Departamento comunica los responsables y equipos docentes para cada unidad curricular de su responsabilidad.

¿Como se definen los equipos docentes para las diversas actividades (proyectos, cursos, etc)?


De acuerdo al art. 9 los Institutos tienen entre sus come dos:

1. Estructurar su personal para cumplir las funciones inherentes al Instituto, adjudicando las responsabilidades individuales y colectivas que devengan del plan de actividades aprobado.

2. Organizar las responsabilidades en enseñanza de grado y posgrado de acuerdo a lo dispuesto por el Consejo según lo propuesto por la/s Comisión/es de Carrera y lo/s Comités Académico/s de posgrado respectivo/a/s.

3. Evaluar la propuesta de los Departamentos para asegurar, en acuerdo con la/s Comisión/es de Carrera respectiva/s, el dictado y evaluación de las unidades curriculares correspondientes a los créditos a dictar bajo responsabilidad del Instituto en forma exclusiva o compartida.

¿Todos los cursos deben ser coordinados por un grado 5?


No necesariamente. De acuerdo a la definición de los grados docentes en el Estatuto del Personal Docente, pueden ser responsables de cursos docentes G3, 4 o 5.

¿La asignación de un docente a la Comisión de un Centro, responde a la obligación de la participación de los institutos en los centros establecida en el art. 12 del Reglamento de Organización y Funciones Docentes de FADU?


La Comisión de un Centro se conforma con docentes integrantes del Centro, y de acuerdo al Art. 39.- “Se consideran integrantes del Centro todos los cargos propios del mismo y los cargos asignados por un Instituto y designados por el Consejo a desarrollar actividades en el Centro en un período y carga horaria determinada.”

Publicado por | 12 de octubre de 2022 - 16:23 | Actualizado: 7 de diciembre de 2022 - 19:39 | PDF